Abogado civil en Getafe
Divorcios, herencias y alquileres: tu abogado civil en Getafe
Veritas Legal Abogados lleva asuntos de derecho civil en Getafe desde su despacho de la calle Madrid, 58, 2.º: separaciones y divorcios, herencias y testamentos, y arrendamientos, impagos de alquiler y desahucios. El abogado civil responsable es José Luis Chinarro Hernández, colegiado n.º 62960 del ICAM desde 1998.
Si necesitas un abogado civil en Getafe o en el sur de Madrid, atendemos también Valdemoro, Leganés, Pinto, Fuenlabrada, San Martín de la Vega y Madrid. Antes de empezar recibes un presupuesto por escrito. Llama al 918 657 348 o escribe por el formulario: respondemos en un máximo de 24 horas.
Primera consulta de pago, por teléfono, por videollamada o en el despacho. Si después nos encargas el asunto, su importe se descuenta de los honorarios. Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 y lunes a jueves de 16:30 a 19:00.
- Colegiado ICAM n.º 62960Abogado colegiado desde 1998
- Presupuesto por escritoAntes de empezar cualquier asunto
- Respuesta en 24 horasFormularios y WhatsApp
- Calle Madrid, 58, GetafeSede del despacho
Qué asuntos civiles llevamos en Getafe
Abogado de familia en Getafe: separaciones y divorcios
Cuando la pareja se rompe y hay que decidir sobre los hijos, la vivienda y el dinero.
- Divorcios y separaciones de mutuo acuerdo, con convenio regulador, y contenciosos.
- Custodia, régimen de visitas y uso de la vivienda familiar.
- Pensión de alimentos y pensión compensatoria: fijación, impago y reclamación.
- Modificación de medidas cuando cambian las circunstancias.
Herencias y testamentos
Desde el testamento hasta el reparto, también cuando los herederos no se ponen de acuerdo.
- Testamentos y planificación de la herencia en vida.
- Declaración de herederos cuando no hay testamento.
- Aceptación, renuncia y aceptación a beneficio de inventario.
- Partición de la herencia y conflictos entre coherederos.
Arrendamientos y desahucios
Los problemas entre propietario e inquilino, en los dos sentidos.
- Impago de alquiler: reclamación de rentas y desahucio por falta de pago.
- Recuperación de la vivienda al terminar el contrato o por necesidad del propietario.
- Fianza, desperfectos y obras al finalizar el alquiler.
- Revisión de contratos, prórrogas y subidas de renta.
Esta página resume el derecho civil que llevamos en Getafe. Cada asunto tiene su página propia, con los plazos, el procedimiento y los documentos que conviene reunir.
Los plazos civiles que debes conocer
Muchos asuntos civiles se pierden por no actuar a tiempo, no por falta de razón. Estos son los plazos que con más frecuencia afectan a quien llega a un abogado civil en Getafe. Son orientativos: cada caso tiene matices, y algunos plazos se interrumpen o se cuentan de forma distinta según cómo se hayan comunicado las cosas.
Divorcio y familia
- Divorcio: se puede pedir desde los tres meses de matrimonio, sin separación previa y sin alegar causa (arts. 81 y 86 del Código Civil).
- Pensiones impagadas: se pueden reclamar las cuotas de los últimos cinco años (art. 1966 del Código Civil). Las anteriores se pierden.
- Recurrir una sentencia: 20 días desde que se notifica (art. 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
- Modificar las medidas: no hay plazo; se pide cuando cambian de forma sustancial las circunstancias que se tuvieron en cuenta (arts. 90 y 91 del Código Civil).
Herencias
- Impuesto de sucesiones: seis meses desde el fallecimiento. Se puede pedir una prórroga de otros seis, pero solo dentro de los cinco primeros meses (arts. 67 y 68 del Reglamento del impuesto). Se presenta aunque la cuota salga bonificada.
- Aceptar o renunciar: no hay plazo general, pero si un interesado te requiere ante notario tienes 30 días naturales; si callas, la herencia se entiende aceptada pura y simplemente (art. 1005 del Código Civil).
- Pedir el reparto: la acción para dividir la herencia entre coherederos no prescribe (art. 1965 del Código Civil).
Alquileres y desahucios
- Impago de alquiler: el inquilino puede frenar el desahucio pagando todo lo que debe, pero solo una vez y solo si no se le requirió de pago de forma fehaciente al menos 30 días antes de la demanda (art. 22.4 de la LEC). Admitida la demanda, tiene diez días para pagar, oponerse o desalojar (art. 440.3 de la LEC).
- Rentas atrasadas: se reclaman hasta cinco años atrás (art. 1966 del Código Civil).
- No renovar el contrato: pasados los cinco primeros años (siete si el propietario es una empresa), el propietario debe avisar con cuatro meses y el inquilino con dos (art. 10 de la Ley de Arrendamientos Urbanos).
- Irse antes de tiempo: el inquilino puede desistir a partir de los seis meses avisando con 30 días (art. 11 de la LAU).
- Fianza: el propietario tiene un mes desde la entrega de llaves para devolverla (art. 36 de la LAU).
Fuentes: Código Civil, Ley de Enjuiciamiento Civil, Ley de Arrendamientos Urbanos y Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en el BOE. Plazos revisados en septiembre de 2026. Antes de dar uno por bueno en tu caso, confírmalo con el abogado: una comunicación mal hecha puede cambiar desde cuándo se cuenta.
Cómo trabajamos
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Cuéntanos qué te pasa
Por teléfono, formulario o WhatsApp. Escuchamos el asunto y te decimos con claridad si es de los que llevamos.
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Primera consulta
Revisamos tus documentos y te explicamos las opciones reales y los plazos que corren. Es una consulta de pago y puedes hacerla por teléfono, por videollamada o en el despacho. Si después nos encargas el asunto, su importe se descuenta de los honorarios.
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Presupuesto por escrito
Antes de empezar sabes qué se va a hacer, cuánto cuesta y cómo se paga. Nada arranca sin tu aceptación.
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Un solo interlocutor
José Luis Chinarro lleva personalmente tu asunto y te informa de cada paso del procedimiento.
No prometemos resultados. Ningún abogado serio puede garantizar una sentencia, y la normativa de la abogacía lo prohíbe expresamente. Lo que sí sabrás desde la primera consulta son las posibilidades reales de tu asunto civil y los plazos que corren: te explicamos todas las alternativas, las buenas y las malas, y te proponemos la mejor solución para ti aunque eso suponga reducir nuestros honorarios.
Quién te va a atender
José Luis Chinarro Hernández es el abogado civil que lleva personalmente los divorcios, las herencias y los asuntos de alquiler de Veritas Legal Abogados en Getafe.
- Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid.
- Colegiado n.º 62960 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) desde 1998.
- Áreas de ejercicio: derecho civil, laboral y penal. Curso de práctica procesal civil del ICAM.
Dónde atendemos los asuntos civiles
Calle Madrid, 58, 2.º · 28901 Getafe (Madrid)
Lunes a jueves de 16:30 a 19:00
Zona de atención
La sede está en Getafe. Atendemos también asuntos civiles de:
- Getafe
- Valdemoro
- Leganés
- Pinto
- Fuenlabrada
- San Martín de la Vega
- Madrid
En Valdemoro no hay local: la primera consulta y el seguimiento se hacen por teléfono y, cuando hace falta verse, se cita en Getafe. Si tu asunto es de allí, consulta la página de abogado civil en Valdemoro.
Preguntas frecuentes sobre nuestro abogado civil en Getafe
¿Hay que separarse antes de divorciarse?
No. Desde 2005 el divorcio se pide directamente, sin separación previa y sin alegar ninguna causa, a partir de los tres meses de matrimonio. Solo hace falta la voluntad de uno de los dos. Si hay acuerdo en todo, se tramita de mutuo acuerdo con un convenio regulador; si no, es un divorcio contencioso y decide el juez.
¿Cuánto tarda un divorcio en Getafe?
Depende de si hay acuerdo y de la carga del juzgado que lo tramite. Un divorcio de mutuo acuerdo con convenio regulador suele resolverse en pocos meses desde que se presenta; si además no hay hijos menores, puede firmarse ante notario sin pasar por el juzgado. Un divorcio contencioso, con hijos, vivienda o pensiones en discusión, tarda bastante más y con frecuencia supera el año. En la primera consulta te decimos qué vía te corresponde.
¿Cuánto tiempo tengo para aceptar una herencia?
No hay un plazo general para aceptar o renunciar, pero hay dos que sí corren: el impuesto de sucesiones se presenta en seis meses desde el fallecimiento (prorrogables otros seis si se pide dentro de los cinco primeros meses), y si otro interesado te requiere ante notario tienes 30 días naturales para decidir; si no contestas, la herencia se entiende aceptada pura y simplemente, con sus deudas.
¿Qué pasa si acepto una herencia con deudas?
Si la aceptas pura y simplemente respondes de las deudas del fallecido también con tu propio patrimonio. Para evitarlo existe la aceptación a beneficio de inventario: se hace ante notario, se inventarían bienes y deudas, y solo respondes hasta donde alcance lo heredado. Es la opción prudente cuando no sabes con certeza qué deudas deja la persona fallecida.
¿Cuánto tarda un desahucio por impago de alquiler en Getafe?
Desde que se presenta la demanda hasta que se recupera la vivienda suelen pasar varios meses; el tiempo exacto lo marca el juzgado de Getafe que la tramite. El procedimiento es un juicio verbal: admitida la demanda, el inquilino tiene diez días para pagar, oponerse o desalojar. Si no hace nada, se fija fecha de lanzamiento sin celebrar juicio. Requerir el pago de forma fehaciente antes de demandar acorta el proceso, porque impide que el inquilino lo frene pagando en el último momento.
¿Puedo echar a un inquilino que no paga sin ir al juzgado?
No. Cambiar la cerradura, cortar suministros o entrar en la vivienda sin autorización judicial puede ser delito de coacciones o allanamiento aunque seas el propietario, y además perjudica tu propio desahucio. La única vía es el procedimiento judicial de desahucio por falta de pago, que también permite reclamar en la misma demanda las rentas atrasadas.
Ver también: abogado laboralista en Getafe y abogado penalista en Getafe. Si tu asunto civil tiene una parte fiscal (por ejemplo, una herencia), también prestamos asesoría fiscal en Getafe.
Artículos sobre derecho civil
Los escribe José Luis Chinarro Hernández, abogado colegiado en el ICAM desde 1998, y citan la norma que se aplica en cada caso.
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Habla con un abogado civil en Getafe
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