Reclamar salarios impagados en Getafe
La empresa no te paga: tienes un año por cada nómina
Las cantidades que te debe la empresa prescriben al año desde que debieron pagarse, y el plazo corre nómina a nómina: cada mes que pasa desaparece uno del final de la cuenta. Llevamos reclamaciones de cantidad en Getafe y el sur de Madrid, de salarios, atrasos, horas extra, pagas y finiquitos. Al frente está José Luis Chinarro Hernández, colegiado n.º 62960 del ICAM desde 1998.
Primera consulta de pago, por teléfono, por videollamada o en el despacho. Si después nos encargas el asunto, su importe se descuenta de los honorarios.
- Un añoPlazo por cada cantidad
- Colegiado ICAM n.º 62960Abogado colegiado desde 1998
- Presupuesto por escritoAntes de empezar
- Calle Madrid, 58, GetafeSede del despacho
Los conceptos que se pueden reclamar
Casi nunca es solo «la nómina de marzo». Al revisar el contrato y el convenio suelen aparecer conceptos que no se estaban pagando.
Salarios y atrasos
- Nóminas no pagadas o pagadas a medias
- Pagas extraordinarias
- Subidas del convenio no aplicadas
Si el convenio del sector fija un salario superior al que cobras, la diferencia de los últimos doce meses es reclamable.
Horas y jornada
- Horas extra no abonadas ni compensadas
- Complementos de nocturnidad o festivos
- Vacaciones no disfrutadas al terminar
Aquí la clave es la prueba: registro de jornada, turnos, mensajes y testigos. Sin prueba, la cifra se cae en el juicio.
Finiquito y fin de contrato
- Finiquito mal calculado
- Indemnización por fin de contrato temporal
- Cantidades pendientes tras un despido
Antes de firmar un saldo y finiquito de conformidad conviene revisarlo: firmado, la reclamación se complica.
Qué plazo tienes y cómo se pierde
Un año desde que cada cantidad debió pagarse. A diferencia del despido, no es un único plazo para todo: cada mes tiene el suyo. Si reclamas hoy, entran las cantidades del último año y se quedan fuera las anteriores.
Antes de demandar hay que presentar papeleta de conciliación ante el servicio de mediación de la Comunidad de Madrid. Muchas empresas pagan en ese trámite, sin llegar a juicio, y el acta de conciliación tiene la misma fuerza para ejecutarla si luego no cumplen.
No prometemos resultados. Ningún abogado serio puede garantizar una sentencia, y la normativa de la abogacía lo prohíbe expresamente. Lo que sí sabrás desde el primer día son las posibilidades reales de tu caso y los plazos que corren.
Qué necesitas tener a mano
Con estos documentos se puede calcular la cantidad exacta que se reclama, que es lo primero que pregunta el juzgado.
Nóminas y contrato
- Todas las nóminas del periodo reclamado
- Contrato y anexos
- Vida laboral
Pruebas de pago
- Extractos del banco con los ingresos recibidos
- Transferencias parciales o en mano, si las hubo
- Reclamaciones que ya hayas hecho por escrito
Jornada y testigos
- Registro de jornada o cuadrantes de turnos
- Mensajes o correos sobre horarios y pagos
- Nombres de compañeros en la misma situación
Preguntas frecuentes sobre reclamación de cantidad
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar salarios impagados?
Un año desde que cada cantidad debió pagarse. Es un plazo de prescripción, así que se cuenta mes a mes: cada nómina que cumple el año deja de poder reclamarse. Por eso esperar no es neutral, va restando dinero de la reclamación.
¿Puedo reclamar sin dejar la empresa?
Sí. Reclamar lo que se te debe es un derecho y no es causa de despido. Si a raíz de la reclamación la empresa toma represalias, eso abre otra vía distinta y más favorable para el trabajador. Lo habitual es que el asunto se cierre en la conciliación previa.
¿Y si la empresa no tiene dinero o ha cerrado?
Se demanda igual, porque la sentencia o el acta de conciliación es lo que después permite acudir al Fondo de Garantía Salarial, que responde de parte de los salarios e indemnizaciones con los límites que fija la ley. Sin reclamación previa no hay nada que presentar ahí.
¿Se pueden reclamar las horas extra que no me pagaron?
Sí, pero hay que probarlas. Sirven el registro de jornada, los correos, los mensajes con el encargado, los turnos publicados y los testigos. Cuanto más ordenada esté esa prueba, más sólida es la cifra que se reclama.
¿Cuánto tarda un juicio de reclamación de cantidad?
Depende de la carga del juzgado. Muchos asuntos se resuelven antes, en la conciliación previa, que suele señalarse en pocas semanas. Si hay que ir a juicio, el señalamiento se alarga bastante más, y eso lo tendrás claro antes de decidir.
Ver también: abogado laboralista en Getafe, despidos y incapacidad permanente.
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