Ir al contenido

Abogado penalista en Getafe

Defensa penal desde la detención hasta el juicio

Veritas Legal Abogados es un despacho de abogados en Getafe, en la calle Madrid, 58, 2.º. En materia penal llevamos delitos contra la seguridad vial (alcoholemias, positivo en drogas, conducir sin carnet), hurtos y robos —incluidos los delitos leves— y lesiones, tanto si te acusan como si eres la persona perjudicada. Al frente está José Luis Chinarro Hernández, abogado colegiado n.º 62960 del ICAM desde 1998.

Si buscas un abogado penalista en Getafe porque hay una detención, una citación en comisaría o un juicio rápido señalado, el tiempo cuenta: llama al 918 657 348 en horario de oficina y al 691 366 721 fuera de él. Atendemos también Valdemoro, Leganés, Pinto, Fuenlabrada, San Martín de la Vega y Madrid.

Primera consulta de pago, por teléfono, por videollamada o en el despacho. Si después nos encargas el asunto, su importe se descuenta de los honorarios. Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 y lunes a jueves de 16:30 a 19:00.

  • Colegiado ICAM n.º 62960Abogado colegiado desde 1998
  • Urgencias 691 366 721Fuera del horario de oficina
  • Presupuesto por escritoAntes de empezar cualquier asunto
  • Calle Madrid, 58, GetafeSede del despacho
Atención fuera del horario de oficina

Urgencias penales fuera de horario

Si han detenido a un familiar, tiene que declarar en comisaría o le han citado a un juicio rápido, llama al número de urgencias. Toda persona detenida tiene derecho a ser asistida por un abogado de su elección desde el primer momento. Ten a mano el nombre completo del detenido y la comisaría o el juzgado donde está.

Tres grupos de asuntos, un solo abogado responsable

Qué asuntos penales llevamos en Getafe

Alcoholemia y seguridad vial

El grupo más frecuente. La mayoría de estos asuntos se resuelve por juicio rápido, a veces en el propio juzgado de guardia.

  • Alcohol y drogas: superar 0,60 mg/l en aire espirado o 1,2 g/l en sangre es delito en todo caso (artículo 379.2 del Código Penal).
  • Exceso de velocidad: más de 60 km/h sobre el límite en vía urbana o más de 80 en interurbana (artículo 379.1).
  • Conducir sin permiso, negarse a la prueba de alcoholemia y conducción temeraria.
Ver alcoholemia y seguridad vial

Hurtos y robos

Desde el delito leve en un establecimiento hasta el robo con fuerza. La cuantía y los antecedentes cambian por completo la pena.

  • Hasta 400 euros: delito leve de hurto, con pena de multa de uno a tres meses (artículo 234.2 del Código Penal).
  • Más de 400 euros: prisión de seis a dieciocho meses (artículo 234.1).
  • Robo con fuerza en las cosas o con violencia: es un delito distinto del hurto y más grave.
Ver hurtos y robos

Lesiones

Como persona acusada o como perjudicada. El parte médico es lo que marca la diferencia entre el delito leve y el del artículo 147.1.

  • Lesión que necesita tratamiento médico o quirúrgico: artículo 147.1 del Código Penal.
  • Lesión de menor gravedad, o golpear sin causar lesión: delito leve, castigado con multa.
  • El delito leve de lesiones solo se persigue si la persona perjudicada denuncia (artículo 147.4).
Ver lesiones
Lo que la ley te reconoce desde el primer minuto

Qué hacer si te detienen o te citan a declarar

No estás obligado a declarar

Puedes guardar silencio, no contestar a alguna de las preguntas o decir que solo declararás ante el juez, y no declarar contra ti mismo: son derechos del artículo 520.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Si declarar conviene o no depende de lo que diga el atestado. Es una decisión que se toma con el abogado y con el expediente delante, no por teléfono ni leyendo una web.

Puedes elegir a tu abogado

Quien está detenido designa libremente abogado y el colegio le traslada el encargo. El abogado designado debe acudir al centro de detención con la máxima premura y, como máximo, dentro de las tres horas siguientes a recibirlo (artículo 520.5).

Antes de declarar tienes derecho a una entrevista reservada con él. Por eso la llamada de urgencia se hace cuanto antes, no al día siguiente.

La detención tiene un límite de 72 horas

La detención preventiva solo puede durar el tiempo estrictamente necesario para esclarecer los hechos y, en todo caso, un máximo de 72 horas. Después, la persona debe quedar en libertad o pasar a disposición judicial (artículo 17.2 de la Constitución).

No son tres días garantizados: la mayoría de las detenciones duran bastante menos.

En penal los plazos son de días, no de meses

Los plazos que corren en un asunto penal

El juicio rápido se señala en 15 días

Cuando el asunto entra por diligencias urgentes, el juicio oral se señala en la fecha más próxima posible y, en cualquier caso, dentro de los quince días siguientes (artículo 800.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).

Es el cauce habitual de las alcoholemias y de los delitos leves de hurto, así que el margen para preparar la defensa es corto.

La conformidad reduce la pena un tercio

En el juzgado de guardia se puede prestar conformidad y obtener sentencia en el acto con la pena reducida en un tercio (artículo 801), siempre que el delito esté castigado con pena de hasta tres años de prisión y la pena resultante no supere los dos años.

Conformarse no siempre es lo que más conviene: es la decisión que más se piensa en un juicio rápido.

Recurrir una sentencia: 10 días, o 5

Contra la sentencia del Juzgado de lo Penal cabe recurso de apelación en el plazo de diez días desde la notificación (artículo 790.1). En el juicio por delitos leves y en el juicio rápido el plazo baja a cinco días.

Los delitos leves prescriben al año (artículo 131.1 del Código Penal); los demás, según la pena que tengan señalada.

Los artículos citados se pueden consultar en los textos consolidados que publica el BOE: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal. Los plazos de esta página son los generales del procedimiento: cada asunto tiene los suyos y hay que verlos sobre la citación o el atestado concretos.

Cuatro pasos, sin sorpresas

Cómo trabajamos

  1. Llama en cuanto tengas la citación

    En penal el tiempo cuenta: cuanto antes se vea la citación o el atestado, más margen hay. En horario de oficina, al 918 657 348. Si hay una detención fuera de horario, al 691 366 721.

  2. Primera consulta

    Revisamos la citación, el parte médico o el atestado y te explicamos qué procedimiento es, qué plazos corren y qué opciones reales tienes. Es una consulta de pago y puedes hacerla por teléfono, por videollamada o en el despacho. Si después nos encargas el asunto, su importe se descuenta de los honorarios.

  3. Presupuesto por escrito

    Antes de empezar sabes qué se va a hacer, cuánto cuesta y cómo se paga. Nada arranca sin tu aceptación.

  4. Un solo interlocutor

    José Luis Chinarro lleva personalmente el asunto, te acompaña a la declaración y al juicio y te informa de cada paso del procedimiento.

No prometemos resultados. Ningún abogado serio puede garantizar una sentencia, y la normativa de la abogacía lo prohíbe expresamente. Lo que sí sabrás desde el primer día son las posibilidades reales de tu caso, los plazos que corren y qué consecuencias tiene cada decisión, incluida la de conformarse en el juzgado de guardia.

José Luis Chinarro Hernández, abogado de Veritas Legal Abogados en Getafe
ICAM n.º 62960Colegiado desde 1998
El abogado responsable del despacho

Quién te va a atender

José Luis Chinarro Hernández es el abogado responsable de Veritas Legal Abogados y quien lleva personalmente los asuntos penales del despacho.

  • Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid.
  • Colegiado n.º 62960 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) desde 1998.
  • Áreas de ejercicio: derecho penal, civil y laboral.
  • Firma personalmente los artículos del blog del despacho.

Además de la licenciatura, ha completado los cursos de práctica procesal civil y penal del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid y está titulado en asesoría fiscal internacional, prevención de riesgos laborales y administración de fincas. Lleva personalmente cada expediente, desde la primera consulta hasta la vista.

Conocer al abogado José Luis Chinarro
Sede en Getafe, atención en el sur de Madrid

Dónde atendemos

Veritas Legal Abogados
Calle Madrid, 58, 2.º · 28901 Getafe (Madrid)
Teléfono: 918 657 348
Lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Lunes a jueves de 16:30 a 19:00

Zona de atención

La sede está en Getafe. Atendemos también clientes de:

  • Getafe
  • Valdemoro
  • Leganés
  • Pinto
  • Fuenlabrada
  • San Martín de la Vega
  • Madrid

En Valdemoro no hay local: la primera consulta y el seguimiento se hacen por teléfono y, cuando hace falta verse, se cita en Getafe. Si el asunto es de allí, consulta la página de abogado penalista en Valdemoro.

Lo que nos preguntan antes de llamar

Preguntas frecuentes sobre el abogado penalista en Getafe

¿Qué datos necesitáis cuando llamo porque han detenido a un familiar?

El nombre completo y el documento de identidad de la persona detenida, y la comisaría o el juzgado donde está. Con eso se puede aceptar la designación y localizarla. Quien está detenido designa libremente abogado y el colegio traslada el encargo; el abogado designado debe acudir al centro de detención en un máximo de tres horas desde que lo recibe, según el artículo 520.5 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Fuera del horario de oficina, el teléfono de urgencias penales es el 691 366 721.

¿Cuánto tiempo puede estar detenida una persona?

La detención preventiva solo puede durar el tiempo estrictamente necesario para el esclarecimiento de los hechos y, en todo caso, un máximo de 72 horas. Pasado ese plazo, la persona debe quedar en libertad o pasar a disposición judicial, según el artículo 17.2 de la Constitución. No son tres días garantizados: la mayoría de las detenciones duran bastante menos.

¿Tengo que declarar en comisaría?

No estás obligado. El artículo 520.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal reconoce el derecho a guardar silencio, a no contestar a alguna o algunas de las preguntas, a manifestar que solo declararás ante el juez y a no declarar contra ti mismo. Antes de declarar tienes derecho a una entrevista reservada con tu abogado. Si declarar conviene o no depende de lo que diga el atestado, así que es una decisión que se toma con el abogado delante del expediente, no por teléfono.

¿Qué es un juicio rápido y cuándo se celebra?

Es el procedimiento de los artículos 795 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, previsto para delitos flagrantes o de instrucción sencilla. La instrucción se concentra en el juzgado de guardia y, si se abre el juicio oral, se señala en la fecha más próxima posible y en todo caso dentro de los quince días siguientes, según el artículo 800.3. Es el cauce habitual de las alcoholemias y de los delitos leves de hurto.

¿A partir de qué tasa de alcohol es delito y no una multa de tráfico?

El artículo 379.2 del Código Penal castiga en todo caso conducir con una tasa superior a 0,60 miligramos por litro en aire espirado o a 1,2 gramos por litro en sangre. Por debajo de esas cifras también puede haber delito si se conduce bajo la influencia del alcohol o de las drogas. Las penas son prisión de tres a seis meses, o multa de seis a doce meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y en cualquier caso la privación del derecho a conducir por más de uno y hasta cuatro años.

¿Podéis garantizarme una absolución?

No. Ningún abogado puede garantizar una sentencia, y la normativa de la abogacía lo prohíbe expresamente. Lo que sí sabrás desde la primera consulta son las posibilidades reales de tu caso, los plazos que corren y qué consecuencias tiene cada decisión, incluida la de conformarse en el juzgado de guardia.

Ver también: abogado civil en Getafe (divorcios, herencias y arrendamientos), abogado laboralista en Getafe (despidos, incapacidades y reclamaciones de cantidad) y la página de José Luis Chinarro, el abogado del despacho.

Habla con un abogado penalista en Getafe

Llama en horario de oficina o deja tus datos y te respondemos en un máximo de 24 horas. Si es una urgencia penal fuera de horario, usa el 691 366 721.

918 657 348

Calle Madrid, 58, 2.º · 28901 Getafe (Madrid)
Lunes a viernes de 9:00 a 14:00 · Lunes a jueves de 16:30 a 19:00

Cuéntanos tu caso




    Déjanos al menos una de las dos formas de contacto.


    Responsable: Veritas Grupo Legal, S.L.P. Finalidad: atender tu consulta y ponernos en contacto contigo. Legitimación: tu consentimiento. Destinatarios: no se ceden datos a terceros salvo obligación legal. Derechos: acceso, rectificación, supresión y otros, en contacto@veritaslegal.es. Más información en la política de privacidad.