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Abogado de hurtos y robos en Getafe

La diferencia entre multa y prisión está en cómo se califica

Un hurto de hasta 400 euros es delito leve y se castiga con multa; por encima de esa cifra la pena es de prisión de seis a dieciocho meses, y si hubo fuerza o violencia ya no es hurto, es robo. Como abogado de hurtos y robos en Getafe, lo primero es comprobar la calificación, la valoración de lo sustraído y la prueba. Al frente está José Luis Chinarro Hernández, colegiado n.º 62960 del ICAM desde 1998.

Primera consulta de pago, por teléfono, por videollamada o en el despacho. Si después nos encargas el asunto, su importe se descuenta de los honorarios.

  • 400 eurosFrontera del delito leve
  • Urgencias: 691 366 721Fuera del horario de oficina
  • Colegiado ICAM n.º 62960Abogado colegiado desde 1998
  • Calle Madrid, 58, GetafeSede del despacho
Atención fuera del horario de oficina

Detención por hurto o robo

Si han detenido a alguien o tiene que declarar en comisaría, llama al número de urgencias antes de esa declaración. Toda persona detenida tiene derecho a ser asistida por un abogado de su elección desde el primer momento y a entrevistarse con él en reserva antes de declarar. Ten a mano su nombre completo y el lugar donde está.

Cómo se califica el hecho

Hurto, robo con fuerza y robo con violencia

Casi toda la defensa se juega aquí: en la calificación y en la valoración de lo sustraído. Un mismo hecho puede ser multa o prisión según cómo se describa.

Hurto

  • Hasta 400 euros: delito leve, multa de uno a tres meses
  • Más de 400 euros: prisión de seis a dieciocho meses
  • Sin fuerza en las cosas ni violencia

La valoración del objeto no es automática: se discute, y a veces el informe de la tienda infla el precio de venta al público.

Robo con fuerza

  • Rotura, escalamiento o llaves falsas
  • En vivienda, con agravación
  • Pena de prisión en todos los casos

Se revisa si realmente hubo fuerza en el sentido que exige la ley, porque de ello depende que el hecho salga del hurto.

Robo con violencia

  • Violencia o intimidación sobre las personas
  • Uso de armas u objetos peligrosos
  • El delito más grave del grupo

Aquí la declaración del denunciante y los informes médicos pesan mucho, y conviene preparar la defensa desde la primera diligencia.

Los plazos que corren

Qué plazos hay y quién juzga

Los delitos leves, como el hurto de hasta 400 euros, prescriben al año y los juzga la sección de instrucción del partido judicial donde ocurrieron los hechos; la citación suele darte pocos días de margen y en esa misma vista se dicta sentencia. Los hurtos y robos con pena de prisión se instruyen primero y se juzgan después en la sección de lo Penal, en Getafe para los asuntos de este partido y de Valdemoro.

Contra la sentencia de delito leve cabe recurso en cinco días, y en el resto de los casos en diez. Son plazos cortos, así que la citación conviene traerla el día que llega, no la semana del juicio.

No prometemos resultados. Ningún abogado serio puede garantizar una sentencia, y la normativa de la abogacía lo prohíbe expresamente. Lo que sí sabrás desde el primer día son las posibilidades reales de tu caso y los plazos que corren.

Prepara esto antes de llamar

Qué necesitas tener a mano

Con la citación y la denuncia se ve en cinco minutos por qué vía va el asunto y cuánto margen hay.

Del procedimiento

  • Citación del juzgado o de la policía
  • Copia de la denuncia, si la tienes
  • Diligencias que hayas firmado

Del hecho

  • Valoración o tique de lo sustraído
  • Si se devolvió el objeto y cómo
  • Testigos y qué pueden decir

Tuyos

  • Antecedentes previos, si los hay
  • Situación laboral y familiar
  • Si necesitas certificado de antecedentes para trabajar
Dudas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre hurtos y robos

¿Cuál es la diferencia entre hurto y robo?

En el hurto se toma la cosa sin fuerza en las cosas y sin violencia sobre las personas. Si hay fuerza para acceder al lugar o al objeto, es robo con fuerza; si hay violencia o intimidación sobre alguien, es robo con violencia. El robo es un delito distinto del hurto y bastante más grave.

¿Un hurto de menos de 400 euros es delito?

Sí, pero es un delito leve: se castiga con multa de uno a tres meses (artículo 234.2 del Código Penal), frente a la pena de prisión de seis a dieciocho meses del hurto por encima de 400 euros. Los delitos leves prescriben al año (artículo 131.1) y los juzga la sección de instrucción.

Me han citado por un hurto en una tienda, ¿tengo que ir con abogado?

En los juicios por delito leve la asistencia de abogado no siempre es obligatoria, pero es muy recomendable: en esa vista se practica la prueba y se dicta sentencia, y lo que digas ahí condiciona el resultado y la responsabilidad civil. Conviene revisar antes la denuncia y el informe de seguridad del establecimiento.

¿Sirve de algo devolver lo sustraído o pagarlo?

Puede tener efecto como circunstancia atenuante de reparación del daño si se hace antes del juicio, y en la práctica facilita un acuerdo sobre la responsabilidad civil. No borra el delito, y conviene hacerlo bien documentado y con asesoramiento, no por iniciativa propia en la tienda.

¿Me quedará antecedentes penales?

Una sentencia condenatoria genera antecedentes, que se cancelan pasados los plazos legales según la gravedad de la pena. Ese punto importa mucho si trabajas o vas a trabajar en algo que exija certificado, y es una de las cosas que hay que valorar antes de aceptar una conformidad.

Ver también: abogado penalista en Getafe, alcoholemia y seguridad vial y abogado penalista en Valdemoro.

Habla con un abogado penalista en Getafe

Llama en horario de oficina o deja tus datos y te respondemos en un máximo de 24 horas. Si es una urgencia penal fuera de horario, usa el 691 366 721.

918 657 348

Calle Madrid, 58, 2.º · 28901 Getafe (Madrid)
Lunes a viernes de 9:00 a 14:00 · Lunes a jueves de 16:30 a 19:00

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